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Pilas, acumuladores y baterías

Aplica a todos

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  • Reglamento (UE) 2023/1542 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023, relativo a las pilas y baterías y los residuos de pilas y baterías.
  • Real Decreto 27/2021, de 19 de enero, en lo no derogado por el Reglamento europeo y mientras se completa la transposición.

El consumidor puede entregar gratuitamente las pilas, acumuladores y baterías usadas en:

  • Puntos limpios municipales.
  • Establecimientos comerciales adheridos al sistema de recogida (incluidos supermercados, comercios de electrónica, distribuidores).
  • Contenedores específicos instalados en la vía pública por los sistemas colectivos.

Para pilas portátiles y baterías de pequeño tamaño contenidas en los aparatos vendidos, la recogida se canaliza a través del sistema RAEE descrito en RAEE.

Las pilas y baterías llevan el símbolo del contenedor con ruedas tachado que indica la obligación de recogida selectiva, junto al símbolo químico del metal cuando proceda (Pb, Cd, Hg).

El titular actúa como distribuidor de productos que pueden contener pilas o baterías incorporadas. Los productores de las pilas o baterías cumplen sus obligaciones de inscripción en el Registro Integrado Industrial — sección Pilas y Acumuladores (RII-PYA) o equivalente europeo, y financian la recogida y tratamiento mediante los sistemas colectivos correspondientes (ERP, Ecopilas, etc.).

El comprador puede solicitar al vendedor información sobre la composición de las pilas o baterías incluidas con el producto, así como sobre los puntos de recogida disponibles, conforme al Reglamento (UE) 2023/1542.

  • Reglamento (UE) 2023/1542 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023.
  • Real Decreto 27/2021, de 19 de enero (en lo aplicable).
  • Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.