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Garantías — Profesionales

Profesionales

Para clientes profesionales verificados (en los términos de las Condiciones generales para profesionales), la garantía se ajusta a:

  1. Las condiciones específicas del fabricante o distribuidor del producto, que pueden variar en plazo, cobertura y procedimiento.
  2. El Código de Comercio y el Código Civil en lo aplicable a la compraventa mercantil.

El plazo de garantía dependerá de las condiciones específicas del fabricante. Habitualmente:

  • Productos profesionales / industriales: 1 o 2 años, ampliables mediante garantías comerciales.
  • Repuestos y piezas de recambio: 6 meses por defecto, salvo pacto.

Las condiciones de garantía del fabricante pueden incluir, entre otras:

  • Solo envío de piezas de repuesto sin cobertura de mano de obra ni desplazamiento del SAT.
  • Plazo diferente al del consumidor final.
  • Exclusión de daños derivados de uso intensivo en condiciones distintas a las especificadas en el manual.
  • Requisito de mantenimiento periódico realizado por SAT autorizado como condición de la garantía.
  1. Comunicar la incidencia al vendedor o directamente al SAT de la marca, indicando: número de factura, fecha de entrega, modelo, número de serie y descripción del defecto.
  2. El SAT determina si la incidencia está cubierta por las condiciones de garantía del fabricante.
  3. Si está cubierta: se procede a la reparación o sustitución conforme a esas condiciones, eventualmente con coste de mano de obra a cargo del cliente profesional.
  4. Si no está cubierta: el SAT informa del coste estimado de la intervención; el cliente decide si aceptar el presupuesto.

Más allá de las condiciones específicas del fabricante, la responsabilidad del vendedor frente al cliente profesional queda limitada al importe del pedido, conforme a las Condiciones generales para profesionales.

Consulta Garantías / Exclusiones para los supuestos habituales de exclusión.